Proyecto de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición.

El proyecto de gestión de RCDs planteado por la empresa Inertes Guhilar S.L. está basado en las directrices marcadas por las Administraciones Públicas competentes y, como es lógico, en las distintas Disposiciones Normativas, de ámbito Comunitario, Estatal y Autonómico, que resultan de aplicación en este campo.

En Andalucía, al igual que en el resto del Estado, la práctica totalidad de los RCDs tiene como sistema de gestión el vertido, (controlado en contadas ocasiones, pero sobre todo incontrolado), en puntos totalmente diseminados, siendo escasa o prácticamente nula cualquier otra alternativa de valorización, reciclaje y/o reutilización (como ya se ha dicho, menos M 5% de este tipo de residuos son sometidos a procesos de reciclaje y reutilización).

La producción por habitante de este tipo de residuos está directamente relacionada con la densidad de población del área considerada, el porcentaje de población urbana y el nivel de vida de la misma.
El Plan Director Territorial de Gestión de Residuos Urbanos de Andalucía habla de una producción anual de 12.200.000 toneladas en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta enorme producción lleva aparejada la necesidad de varias instalaciones de gestión distribuidas por toda la Comunidad Autónoma, a fin de dar el tratamiento adecuado a los RCDs generados en todo su ámbito territorial.

Son varios los condicionantes a tener en cuenta a la hora de establecer una Planta de Tratamiento de RCDs del tipo de la que gestiona nuestra empresa. Se puede hablar de condicionantes técnico-ambientales y de condicionantes económicos.

Dentro de los primeros el más importante es la ubicación de la planta de tratamiento. Para ello se han tenido en cuenta los criterios fijados en la Directiva 31/1.999/CE, del Consejo, de 26 de abril. En primer lugar, se llevaron a cabo todos los estudios previos necesarios, a fin de redactar el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, el cual fue sometido al dictamen de la Consejería de Medio Ambiente, dentro del preceptivo trámite de Evaluación de Impacto Ambiental a que vienen sometidas las instalaciones de gestión de residuos sólidos urbanos y asimilables a urbanos, siéndole otorgada Declaración de Impacto Ambiental Favorable en marzo de 2000. Asimismo, se tuvo en cuenta el régimen urbanístico de los terrenos. Al efecto se obtuvo dictamen favorable de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, previo informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

Finalmente, una vez finalizadas las obras e instalaciones, Inertes Guhilar S.L ha obtenido la autorización como gestor de residuos urbanos (GRU-18), en
base al decreto 10412000, por el que se regulan las autorizaciones administrativas para la gestión de residuos urbanos en Andalucía.

A la vez que los condicionantes ambientales han sido tenidos en cuenta una serie de condicionantes económicos que garanticen la viabilidad del proyecto a unos costes de gestión fácilmente asumibles por los productores de los residuos, particularmente la distancia a los principales centros productores y la existencia de vías de comunicación de fácil y rápido acceso.


Objetivos.

Los objetivos generales planteados por la empresa Inertes Guhilar S-L en el diseño de una Planta de Tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición han sido:

- Tratamiento integral de todos los residuos de construcción y demolición generados en el ámbito de influencia de la planta. Es decir, los generados en el ÁREA METROPOLITANA DE GRANADA.

- Separación de cuantos materiales acompañen a los restos de construcción y demolición y que no tengan el carácter de inertes: residuos orgánicos y residuos tóxicos y peligrosos, con una adecuada gestión de los mismos.

- Recuperación de cuantos materiales sean susceptibles de un reciclaje y reutilización posteriores (maderas, hierros, plásticos, etc.)
Utilización de los materiales inertes tratados en la planta, y que se consideren apropiados, en la restauración de canteras abandonadas, áreas degradadas y espacios de singular interés (parques periurbanos, zonas deportivas, etc.).

- Recuperación final, con los inertes tratados que no hayan tenido otro uso, de los terrenos donde se hayan ubicado las instalaciones de tratamiento y eliminación.