Los residuos de la construcción y demolición: Problemática y marco legal de su gestión.

Se consideran residuos de construcción y demolición (en adelante RCDs) aquellos que se generan en el entorno urbano y no se encuentran dentro de los comúnmente conocidos como Residuos Sólidos Urbanos (residuos domiciliarios y comerciales, fundamentalmente), ya que su composición es cuantitativa y cual itativamente distinta. Se trata de residuos, básicamente inertes, constituidos por: tierras y áridos mezclados, piedras, restos de hormigón, restos de pavimentos asfálticos, materiales refractarios, ladrillos, cristal, plásticos, yesos, ferrallas, maderas y, en general, todos los desechos que se producen por el movimiento de tierras y construcción de edificaciones nuevas y obras de infraestructura, así como los generados por la demolición o reparación de edificaciones antiguas.

La mejora de la calidad de vida del individuo, propiciada por los progresos tecnológicos, ha originado un aumento progresivo y no controlado del volumen de estos residuos sólidos, que se producen principalmente en el entorno urbano.

La falta de un sistema de gestión adecuado para este tipo de residuos, está creando un grave problema en el entorno de nuestras ciudades, problema que se agrava año tras año e incide directamente sobre el medio ambiente, propiciando su deterioro. Además, el abandono indiscriminado de todos estos residuos supone un importante despilfarro, por cuanto se pierden una serie de recursos que podrían ser recuperados y reutilizados (maderas, hierros, tierras, papel, plásticos, etc.).

Conscientes del problema que los RCDs representan, tanto por los problemas ambientales derivados de una gestión inadecuada, como por el despilfarro de materiales que se produce, las distintas Administraciones Públicas han comenzado a regular la gestión de este tipo de residuos.

En este sentido, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha comenzado a abordar el problema que representa este tipo de residuos y, de esa manera, esbozar las que han de ser las líneas de gestión adecuadas para los mismos. Ello queda reflejado en el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos Urbanos de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 21811.999, de 26 de octubre y publicado en el BOJA nº 134, de 18 de noviembre de 1.999.

En la misma línea, otras Comunidades Autónomas también han comenzado a buscar soluciones ambientalmente aceptables para la gestión de los RCDs, disponiendo algunas de ellas de legislación especifica para este tipo de residuos.

Como compendio de todo lo actuado hasta el momento en relación a los RCDs y con el objetivo de servir como documento guía hacía la correcta gestión de este tipo de residuos a nivel nacional ha de tenerse en cuenta el Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición 2.001-2.006, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de junio de 2.001 y publicado en el BOE nO 166, de 12 de julio de 2001.


De este Plan Nacional conviene destacar lo siguiente:

- El volumen de residuos de construcción y demolición oscila entre los 2 y 3 kilogramos por habitante y día (tasa superior a la de la basura domiciliaria).
El porcentaje de este tipo de residuos que actualmente son reutilizados o reciclados en España es inferior al 5%, muy lejos de países como Holanda (90%), Bélgica (87%), Dinamarca (81%) o M Reino Unido (45%). El Plan Nacional se fija como objetivo una tasa de reutilización o reciclado de, al menos, el 60% en el año 2.006.

Las Administraciones Públicas fomentarán e incentivarán la creación de infraestructuras de reciclaje por parte de la iniciativa privada.

El coste de la adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición habrá de ser asumido por los productores de los mismos, en aplicación M principio "quién contamina paga", debiendo articularse los instrumentos legales que posibiliten su cumplimiento.