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Los
residuos de la construcción y demolición: Problemática
y marco legal de su gestión.
Se
consideran residuos de construcción y demolición
(en adelante RCDs) aquellos que se generan en el entorno urbano
y no se encuentran dentro de los comúnmente conocidos como
Residuos Sólidos Urbanos (residuos domiciliarios y comerciales,
fundamentalmente), ya que su composición es cuantitativa
y cual itativamente distinta. Se trata de residuos, básicamente
inertes, constituidos por: tierras y áridos mezclados,
piedras, restos de hormigón, restos de pavimentos asfálticos,
materiales refractarios, ladrillos, cristal, plásticos,
yesos, ferrallas, maderas y, en general, todos los desechos que
se producen por el movimiento de tierras y construcción
de edificaciones nuevas y obras de infraestructura, así
como los generados por la demolición o reparación
de edificaciones antiguas.
La
mejora de la calidad de vida del individuo, propiciada por los
progresos tecnológicos, ha originado un aumento progresivo
y no controlado del volumen de estos residuos sólidos,
que se producen principalmente en el entorno urbano.
La
falta de un sistema de gestión adecuado para este tipo
de residuos, está creando un grave problema en el entorno
de nuestras ciudades, problema que se agrava año tras año
e incide directamente sobre el medio ambiente, propiciando su
deterioro. Además, el abandono indiscriminado de todos
estos residuos supone un importante despilfarro, por cuanto se
pierden una serie de recursos que podrían ser recuperados
y reutilizados (maderas, hierros, tierras, papel, plásticos,
etc.).
Conscientes
del problema que los RCDs representan, tanto por los problemas
ambientales derivados de una gestión inadecuada, como por
el despilfarro de materiales que se produce, las distintas Administraciones
Públicas han comenzado a regular la gestión de este
tipo de residuos.
En
este sentido, la Comunidad Autónoma de Andalucía
ha comenzado a abordar el problema que representa este tipo de
residuos y, de esa manera, esbozar las que han de ser las líneas
de gestión adecuadas para los mismos. Ello queda reflejado
en el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos
Urbanos de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 21811.999,
de 26 de octubre y publicado en el BOJA nº 134, de 18 de
noviembre de 1.999.
En
la misma línea, otras Comunidades Autónomas también
han comenzado a buscar soluciones ambientalmente aceptables para
la gestión de los RCDs, disponiendo algunas de ellas de
legislación especifica para este tipo de residuos.
Como
compendio de todo lo actuado hasta el momento en relación
a los RCDs y con el objetivo de servir como documento guía
hacía la correcta gestión de este tipo de residuos
a nivel nacional ha de tenerse en cuenta el Plan Nacional de Residuos
de Construcción y Demolición 2.001-2.006, aprobado
por Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de junio de 2.001 y
publicado en el BOE nO 166, de 12 de julio de 2001.
De este Plan Nacional conviene destacar lo siguiente:
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El volumen de residuos de construcción y demolición
oscila entre los 2 y 3 kilogramos por habitante y día (tasa
superior a la de la basura domiciliaria).
El porcentaje de este tipo de residuos que actualmente son reutilizados
o reciclados en España es inferior al 5%, muy lejos de
países como Holanda (90%), Bélgica (87%), Dinamarca
(81%) o M Reino Unido (45%). El Plan Nacional se fija como objetivo
una tasa de reutilización o reciclado de, al menos, el
60% en el año 2.006.
Las
Administraciones Públicas fomentarán e incentivarán
la creación de infraestructuras de reciclaje por parte
de la iniciativa privada.
El
coste de la adecuada gestión de los residuos de construcción
y demolición habrá de ser asumido por los productores
de los mismos, en aplicación M principio "quién
contamina paga", debiendo articularse los instrumentos legales
que posibiliten su cumplimiento.
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